El Ministerio de Sanidad nos vetó… aunque la actual Ley de Reproducción asistida admite en igualdad de condiciones a mujeres sin pareja o parejas de mujeres que parejas heterosexuales a la hora de necesitar un tratamiento de reproducción asistida para ser madres, Ana Mato, y su Ministerio de Sanidad de aquel entonces nos lo prohibió.
Dos mujeres decidieron no permitirlo. Y ahora el resultado, positivo, debería ser un ejemplo para todas nosotras, sin pareja o con pareja mujer…. No moverse es aceptar y aceptar es que otros elijan por tí.
Por Rosa Maestro @rosamaestrom @Masola_OrgLa jueza de lo Social 18 de Madrid ha condenado a un hospital de Madrid, concretamente a la Fundación Jiménez Díaz, y a la Consejería de Sanidad de la Comunidad madrileña a indemnizar en casi cinco mil euros a una lesbiana por haber sido discriminada por su orientación sexual en el acceso a un tratamiento de reproducción asistida. En una sentencia la jueza declara probado que la demandante está casada con otra mujer y dada de alta en la Seguridad Social y que la Fundación Jiménez Díaz presta asistencia sanitaria en virtud de conciertos con el Servicio Madrileño de Salud.
Lesbianas y solteras han sido discriminadas desde el año pasado por una orden ministerial que exige para someterse a la reproducción asistida «ausencia de consecución de embarazo tras un mínimo de doce meses de relaciones sexuales con coito vaginal sin empleo de métodos anticonceptivos», lo que es imposible al tener una relación sexual con otra mujer.
La jueza aclaró durante el juicio que la ley sobre técnicas de reproducción asistida establece el derecho a la asistencia de la misma con independencia de la orientación sexual y añade que las normas de rango inferior –como es una orden ministerial– no pueden ir contra lo dispuesto en aquella.