No en todas las comunidades tienen ayudas en materia de guarderías. Madrid,por ejemplo. ha concedido ayudas conocidas como los cheques-guardería para el próximo curso 2019/20, que llegarán a un total de 33.300 niños madrileños de entre 0 y 3 años cumplidos hasta finalizar el curso infantil.
Para estas ayudas primará a la conciliación y a las familias con rentas más bajas. En total cerca de 36,6 millones de euros.
La deducción por maternidad es una ayuda que concede Hacienda a través del IRPF. La reciben todas las madres trabajadoras que cumplan los requisitos. Aunque no les hayan retenido nada o no estén obligadas a presentar la declaración.
Pero este año para que todas tengan opción a alguna ayuda, Hacienda ha puesto en marcha una ayuda a nivel estatal de 1.000€ para que, ya todas, puedan tener este tipo de subvención.
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Desde enero de este año, todos las guarderías con menores de 0 a 3 años tienen que presentar un modelo, el 233, con el que comunicar a Hacienda las cantidades que han pagado las familias al centro en cuanto a gastos de guardería .
Pero también tiene sus inconvenientes y es que no todas las madres tienen derecho a ello.
De nuevo se vuelve a discriminar a aquellas que no trabajan, como si cuidar del hogar y de los hijos no fuese un trabajo.
Sólo las madres que tengan derecho a la prestación por maternidad de 100 euros/mes, lo lo que es lo mismo, que accedan a la desgravación de los 1.200 euros anuales, son las que pueden optar.
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Cada guardería se encarga de informar a Hacienda de los menores que tienen en su centro a través de este modelo, y Hacienda se encargará de cribar de acuerdo a lo establecido.
Solo lo pueden presentar los centros infantiles y como mucho pedir nosotras un justificante de la información entregada.
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La cuantía demás depende de los meses de estancia del menor en la guardería, teniendo en cuenta que aquellas familias que dejen a los menores en guarderías en periodos vacacionales también podrán contabilizar esos días o meses.
Requisitos:
Los requisitos para tener derecho a esta deducción - Tener hijos menores de 3 años a su cargo. - Realizar algún tipo de actividad, bien por cuenta ajena como empleada o por cuenta propia como autónoma. - Estar dadas de alta en la Seguridad Social o en la mutualidad correspondiente en el caso de los autónomos. - Solo puedes deducirte por los meses completos que hayas pagado en la guardería.