Una Ley para las Familias Monoparentales. Desde hace décadas las familias monoparentales estamos sufriendo una discriminación familiar sin excusa alguna. Mientras las familias numerosas cuentan con una Ley Propia para su protección, las familias monoparentales vivimos en un limbo político y social tan discriminatorio que hoy os voy a contar paso por paso.
Texto Rosa Maestro @rmaestrom
Estos son los beneficios que la Ley de Familias Numerosas les permite (sin distinguir en ellas por poder adquisitivo o renta, cuando en este grupo de familias también las hay con gran poder adquisitivo, motivo mismo por el que se tienen más hijos).
Quizás habría que partir de una Ley de Familias que contemplasen las necesidades de cada modelo familiar y sus rentas y no sesgar a unos modelos frente a otros con leyes claramente discriminatorias. Por eso las Familias Monoparentales se han unido en una Red que cuenta ya con más de 20 asociaciones y plataformas para reivindicar su propia Ley.
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Mientras tanto las familias monoparentales a puro de gritar socialmente han conseguido alguna que otra migaja como son los 1.200 euros de degradación fiscal anuales, y nada más. Mientras tanto las familias monoparentales siguen penalizadas fiscalmente.
¿Por qué? Por la reducción de la base imponible por importe de 3.400 euros por hijo cuando se opta por la tributación familiar y que reconoce claramente a la familia tradicional frente a la familia monoparental., que en este mismo caso solo les corresponden 2.150 euros por hijo. ¿No es grave esta discriminación?
Y no solo eso, sino que las familias monoparentales solo pueden hacer la declaración conjunta con sus hijos hasta los 18 años cumplidos, trabaje o no, mientras que las familias numerosas o biparentales lo pueden hacer hasta los 26 años, trabaje o no.
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¿Son los nuestros hijos de un Dios Menor?, ¿Una familia monoparental no tendría derecho a todas estas bonificaciones que se adjuntan?
- Bonificación del 45% de la cotización a la Seguridad Social al contratar a una persona de apoyo en el hogar (se paga el 65% de su Seguridad Social).
- En familias de categoría general (3 y 4 hijos) es requisito que trabajen los dos padres; en las de categoría especial (a partir de 5 hijos) no se exige esta condición.
- Descuento en RENFE y transporte por carretera: 20% en categoría general y 50% en especial. Ese descuento se acumula a otros, como la compra de billetes de ida y vuelta.
- 5% o 10% en vuelos nacionales.Ya está incluido en muchas webs como Spanair o Vueling para que se aplique directamente al hacer la reserva o compra online.
- Exención en las tasas de expedición del DNI o pasaporte, tanto en nuevas emsiones como en caso de renovación por caducidad, robo o pérdida.
- Descuento del 20 % ó del 50%, según se trate de familias numerosas de categoría general o especial, en transporte marítimo de cabotaje.
- Preferencia en becas y procesos de admisión (dan puntos o suben el nivel de renta).
- Descuento del 50% o exención total en tasas y precios públicos en el ámbito de la educación: derechos de examen o matrículas.
- Descuento en entrada a museos y centros culturales de titularidad estatal. En algunas ciudades la total gratuidad.
- 50% o gratuidad total de la matrícula universitaria en universidades públicas.
- Desgravaciones en el tramo autonómico de la renta.
- Rebaja del 7 al 4% en el impuesto de transmisiones patrimoniales (depende de cada comunidad autónoma).
- Bonificación en el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI). Esto depende de cada ayuntamiento y suele estar condicionado a la renta familiar, el valor catastral de la vivienda y/o número de hijos.
- Descuento en la factura del agua (depende de cada ayuntamiento y comunidad autónoma, según sea la empresa que gestiona el agua, pero puede llegar al 20%).
- Descuento en instalaciones deportivas (depende de cada ayuntamiento y oscila entre un 10 y un 50%).
- Las mujeres solteras no pueden acceder en muchas Comunidades Autónomas a los tratamientos de reproducción asistida por la Seguridad Social y tampoco (aunque la Ley lo permite) pueden optar a la adopción nacional.
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La reforma fiscal de junio 2014 forma parte del plan de apoyo a las familias españolas (“únicamente las familias numerosas). De este modo los beneficios se amplían a los siguientes:
- Incremento de los mínimos familiares exentos de tributación: Por el primer hijo pasa de 1.836 a 2.400 euros.Por el segundo sube de 2.040 a 2.700 euros.Por el tercer hijo pasa de 3.672 a 4.000 euros. La exención llega a 4.500 euros si se tienen cuatro hijos o más. También se aumenta la exención si los hijos son menores de tres años (de 2.244 a 2.800 euros). Además, si se tienen familiares mayores de 65 años a cargo, la exención pasa de 918 a 1.150 euros y a 2.550 euros a partir de los 75 años. En el caso de los familiares discapacitados el aumento de la exención es del 29%.
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