Semen y óvulos sin control. La actual Ley de Reproducción Asistida española de 2006 es clara en cuanto a la donación de esperma y óvulos, es decir, prohíbe taxativamente revelar el destino u origen de las muestras, aunque ya son algunas voces las que se alzan para romper con el anonimato de los donantes como el Comité de Bioetica, órgano que depende directamente del Ministerio de Sanidad.
Las donaciones deben ser siempre anónimas y los donantes jamás podrán conocer los niños que nacieron por reproducción asistida mediante donaciones. Y, lo más importante, no pueden tener más de seis hijos nacidos vivos.
Rosa Maestro @rmaestrom @Msola_Org
Así es, esto es lo que establece la Ley española, que un mismo donante puede generar un máximo de seis embarazos (Ley 14/2006). Y las clínicas así lo contemplan.
Cuando un donante tiene los seis hijos nacidos vivos ya; al igual ocurre con las donantes femeninas. Las clínicas sí, lo intentan a diario y si sospechan de un donante se lo cuentan las unas a las otras, pero el Ministerio vive ajeno a ello, y a estas fechas seguimos sin Registro Únicos de Donantes.
166.712 tratamientos anuales (7,2% a pacientes extranjeras)
España suma 166.712 tratamientos de fertilidad anuales, según los datos últimos aportados, de 2015, por la SEF (Sociedad Española de Fertilidad) y con relación a la información aportada por 278 clínicas. Datos que a 2018 se habrán visto incrementados.
Se puede decir que es el país que se encuentra a la cabeza en reproducción asistida en Europa. Y nos ponemos a la cabeza adelantando a países como Rusia y Francia que quedan ya por detrás. Y el tercero en el mundo.
No es de extrañar que hasta gobiernos como el PP se estén planteando dar cobijo también al único tratamiento de reproducción asistida que queda pendiente: “La Gestación Subrogada”.
Pero también uno de los pocos que no tiene un Registro Único de Donantes de Gametos. La conclusión es clara: “Nadie controla la donación de gametos”… Un Registro que lleva un retraso interminable en su puesta en funcionamiento y que según fuentes se encuentra en practicas.
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Eso sí, el Ministerio de Sanidad está muy despreocupado ante la posibilidad de que haya un donante haciendo de las suyas y que pese a los controles estrictos de la sanidad privada tenga más de seis hijos nacidos vivos.
Y no solo este Ministerio sino que la falta de preocupación se arrastra desde el establecimiento de la primera Ley de Reproducción Asistida en 1988, que obligaba a la creación de un registro nacional de donantes de gametos (semen y óvulos).
Más de 30 años después se sigue sin controlar el número de hijos nacidos de donante. No se sabe cuántas veces y dónde se dona semen y óvulos.
Tan solo las clínicas de fertilidad registran por su cuenta sus datos pero no son transferidos a las demás clínicas, lo que hace que pese a que los donantes son informados de que la ley prohíbe que tengan más de seis hijos nacidos vivos, cosa de la que son avisados por la clínica en el momento que así sucede, recurran a la picaresca (y más en tiempos de crisis) y acudan a otras clínicas, inclusive de otras ciudades y sigan donando.
Dos Leyes posteriores (en 2006 y 2010) insistieron en la urgente necesidad de poner en marcha este registro. Y el año pasado Europa instó a la urgencia de su necesidad.
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Pero además, la donación continua puede comprometer la salud de los propios donantes, sobre todo en las donantes femeninas, cuya donación implica inclusive una intervención.
Tampoco hay que olvidar que el hecho de que en la actualidad la mujer retrasa su opción a ser madre da lugar también a que cada vez sean más las mujeres que necesitan de un óvulo donado para ser madres, lo que se une a que cada vez son más las mujeres que se acercan a las clínicas para donar (el importe que reciben por las molestias está en torno a los 1.000 -1.500 euros).
Donantes compartidas
Otro punto a tener en cuenta fruto de la crisis y cada vez más solicitado por los pacientes de reproducción asistida es “la donación compartida”, es decir, compartir los óvulos de la donante para reducir los gastos de la fecundación asistida, una práctica ya habitual en otros países como Estados Unidos, donde agencias de maternidad subrogada como “Extraordinary Conceptions” ya la contemplaban con el fin de paliar en parte los elevados gastos de estos tratamientos.
Mediante esta opción dos parejas, por ejemplo, o dos mujeres solteras, comparten los óvulos extraídos de una misma donante y también los gastos.
Las pacientes saben que las posibilidades se reducen a la mitad porque no sobran embriones para congelar y utilizar en un posterior intento, pero para muchas personas es importante reducir el precio del tratamiento, sobre todo cuando el número de intentos o de tratamientos empieza a ser ya cuantioso.
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Dr. Miguel Ángel Fernández Pérez, embriólogo Clínico Senior y responsable del Laboratorio FIV (Fecundaciión in Vitro) de IMFER (Murcia), habla de la dificultad que puede presentar la creación de este registro para mantener el anonimato de los donantes: “la creación del registro nacional de donantes no llega a pesar de su imposición legal allá por el año 88, cuando apareció la primera Ley de Reproducción Asistida en
España en la que se instaba al gobierno acerca de la creación de dicho registro.
Pero pienso que las dificultades técnicas para implementar ese registro respetando el anonimato de los donantes en todo momento, complican y mucho la creación del mismo. Además, los centros están obligados a suscribir un contrato de donación con los donantes, asumiendo muchas responsabilidades y entre ellas el anonimato, por lo que no sería fácil que los centros faciliten datos personales a terceros”.
Por su parte la clínica FIV MADRID entiende “que se trata de un tema muy importante y que la SEF (Sociedad Española de Fertilidad) lo está apoyándolo desde hace tiempo ya que es fundamental su existencia.
No cabe duda de que debería existir ese registro único donde todos los centros inscribiéramos a los donantes para controlar – dentro de la confidencialidad propia del tema – la situación de cada donante que según la legislación española debe cumplir una serie de requisitos”.
Desde www.masola.org (web de diversidad familiar) se insta a“la necesidad de un registro de donantes es un aspecto esencial en los programas de donación desde el punto de vista legal pero también desde los aspectos ético y asistencial.
Si resulta difícil entender el número de centros de reproducción asistida que operan en nuestro país, el más alto de Europa con Italia, es más difícil todavía comprender que cada uno de ellos pueda ser un banco de óvulos sin control real.
Sin embargo en un país con la sanidad transferida a las Comunidades Autónomas en el que los políticos son incapaces de lograr grandes acuerdos y buscan más destacar por las diferencias que por los consensos, parece una utopía pensar en un registro único. Atendiendo a la Ley 14/2006 y a la propia realidad sería de momento suficiente que cada Comunidad tuviese su registro de donantes”.